Los orígenes de la OIT
La Organización Internacional del
Trabajo (OIT) fue creada por el Tratado
de Versalles en 1919, junto con la
Sociedad de las Naciones. La creación
de la OIT respondía a la toma de
conciencia, después de la Primera
Guerra Mundial, de la necesidad de
llevar a cabo reformas sociales y
reflejaba la convicción de que estas
reformas sólo podían realizarse con
éxito en el plano internacional.
Después de la Segunda Guerra Mundial,
la OIT adoptó la Declaración de Filadelfia,
que reafirmaba con vigor sus principios
fundamentales a la vez que ampliaba sus
fines y objetivos. Esta declaración
anticipaba el acceso a la independencia
de numerosos países después de la guerra
y anunciaba el inicio de un importante
esfuerzo de cooperación técnica con los
países en desarrollo.
En 1946, la OIT se convirtió en el primer
organismo especializado asociado a la
recién creada Organización de las Naciones
Unidas. En 1969, con motivo de su
50o aniversario, la Organización fue
galardonada con el Premio Nobel de la Paz.
 https://x.com/OITnoticias/status/1137973408816410624 |
La primera Conferencia Internacional del Trabajo, reunida en Washington en octubre noviembre de 1919, adoptó seis convenios y seis recomendaciones (incluyendo el Convenio núm. 1 sobre la duración de la jornada de trabajo) |
Normas Internacionales
del Trabajo
Una de las funciones más antiguas e
importantes de la OIT consiste en
establecer normas internacionales bajo
la forma de convenios o recomendaciones. Estos instrumentos son adoptados
por la Conferencia Internacional del
Trabajo, órgano tripartita que reúne a
los empleadores, los trabajadores y los
gobiernos. Los Estados Miembros que
ratifican un convenio tienen la obligación
de aplicar sus disposiciones. Las
recomendaciones, que no requieren
ratificación, les brindan orientaciones
sobre las políticas, la legislación y
la práctica que adoptan en el plano
nacional.
Los convenios y las recomendaciones
adoptados desde 1919 abarcan
prácticamente todas las cuestiones que
se plantean en el mundo del trabajo: el
respeto de los derechos humanos fundamentales (especialmente la libertad
sindical, el derecho de sindicación y
negociación colectiva, la erradicación
del trabajo forzoso y del trabajo infantil
y la eliminación de la discriminación
en el empleo), la administración del
trabajo, las relaciones laborales, la
política de empleo, las condiciones
de trabajo, la seguridad social, la
seguridad y salud en el trabajo, el
empleo de la mujer y el empleo de
ciertas categorías especiales como
los trabajadores migrantes y la gente
de mar.
file:///C:/Users/MIGUEL%20GUERRERO/Downloads/wcms_082363.pdf
Los convenios fundamentales de la OIT
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